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PADRON COLORADO 2007
A.N.R - Partido Colorado
 
 
 
 
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Estatutos Partidarios

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CAPITULO IV - Sección 2ª
Parágrafo II - De Las Comisiones Permanentes
 
Art.33º. Son Comisiones Permanentes de la Junta de Gobierno las siguientes:

a) Comisión Ejecutiva;
b) Comisión de Planificación;
c) Comisión de Propaganda;
d) Comisión de Cultura;
e) Comisión de la Juventud;
f) Comisión de Asuntos Campesinos;
g) Comisión de Asuntos Obreros;
h) Comisión de la Mujer;
i) Comisión de Asuntos Gremiales;
j) Comisión de Organización Partidaria;
k) Comisión Electoral;
l) Comisión de Finanzas y Asuntos Económicos;
ll) Comisión de Relaciones Internacionales;
m) Comisión de Defensa de los Derechos Humanos y del Medio Ambiente;
n) Comisión de Asuntos Indígenas,
ñ) Comisión de bienestar Social;
o) Comisión de Asuntos Municipales;
p) Comisión de Funcionarios Públicos; y
q) Comisión de Afiliación.

Art.34º. Las Comisiones contarán con entre cinco y diez miembros afiliados al Partido y vinculados a la actividad que sea de competencia de la Comisión. De su seno escogerán a su Presidente y a su Secretario. Sesionarán una vez por semana y prepararán su propio reglamento que someterán a la aprobación de la Junta de Gobierno por intermedio del Presidente. El Presidente de la Comisión será el nexo entre ésta y la Junta de Gobierno.

Art.35º. La Comisión Ejecutiva se integrará con el Presidente del Partido, los Vicepresidentes, los Secretarios, el Tesorero, el Pro-Tesorero y hasta cinco Miembros Titulares más de la Junta de Gobierno.

Art.36º. Corresponde a la Comisión Ejecutiva:

a) Auxiliar al Presidente en le manejo administrativo del Partido;
b) Coordinar la labor de todas las otras Comisiones;
c) Impulsar la concreción de los proyectos y sugerencias propuestos por las mismas; y
d) Llevar el análisis actualizado del desenvolvimiento político del país y sugerir permanentemente a la Junta de Gobierno la adopción de las acciones políticas requeridas.

Art.37º. La Comisión de Planificación elaborará los planes de acción del Partido a corto, mediano y largo plazos. En coordinación con las demás comisiones y organismos, recabará las informaciones requeridas para el acertado diagnóstico de la realidad política del país y parar fijar la posición del Partido. Esta Comisión organizará los equipos de investigación necesarios y elaborará el presupuesto de su funcionamiento. Prestará el asesoramiento técnico que las otras Comisiones y los demás organismos partidarios le requieran.

Art.38º. La Comisión de Propaganda tendrá a su cargo la organización de la prensa partidaria, la difusión de los ideales del Partido, las relaciones con los medios de comunicación social, el servicio editorial, la organización de jornadas de capacitación política y la elaboración de todo el material de propaganda a utilizarse en las elecciones nacionales, departamentales o municipales, coordinando su acción con las otras comisiones y con los organismos partidarios.

Art.39º. La Comisión de Cultura organizará la presencia del Partido en todas las manifestaciones del arte y de la cultura, prestará su apoyo y promocionará a los intelectuales y artistas afiliados o simpatizantes, a cuyo efecto apoyará la realización de nuestras, exposiciones, conciertos, debates, conferencias, y demás manifestaciones culturales, con especial énfasis en la cultura popular nacional.

Art.40º. La Comisión de la Juventud organizará la participación del sector juvenil, conforme a lo que establece el Capitulo V, Sección 2ª, de estos Estatutos. Administrará el fondo de becas del Partido y establecerá el servicio de asesoramiento e información a los jóvenes, para que completen su formación en centros educacionales nacionales o extranjeros y pondrá especial empeño en la capacitación de los recursos humanos requeridos para el desarrollo del país.


Art.41º. La Comisión de Asuntos Campesinos analizará la problemática del sector rural. Asesorará a la Junta de Gobierno para la adopción de su política en el sector y coordinará su acción con las Comisiones Seccionales del interior. Impartirá las instrucciones que correspondan y establecerá las organizaciones de asistencias y protección que constituyan a la dignificación del hombre del campo y su progresiva organización en defensa de sus intereses.

Art.42º. La Comisión de Asuntos Obreros analizará la problemática
de las relaciones laborales. Asesorará a la Junta de Gobierno en la adopción de su política en el sector, implantará su aplicación y propiciará la prestación de servicios de asistencia que propendan a la elevación moral, técnica y económica de los trabajadores, así como de asesoramiento y protección que contribuyan a su plena realización como persona.

Art.43º. La Comisión de la Mujer coordinará la acción de todos los organismos partidarios vinculados a la mujer y establecerá los servicios necesarios para su promoción, con miras a su integración a la actividad política, conforme a lo previsto en el Capitulo V, Sección 2ª, de estos estatutos.

Art.44º. La Comisión de Asuntos Gremiales estimulará y fomentará la participación de los diversos gremios profesionales y empresarios, organizará las acciones que signifiquen una presencia activa del Partido en estos estamentos y propondrá a la Junta de Gobierno la formulación de políticas apropiadas.

Art.45º. Corresponde a la Comisión de Organización Partidaria elaborar los proyectos relativos a la organización y funcionamiento del Partido; proponer los métodos más adecuados para cada caso y ejecutarlos una vez aprobados por la Junta de Gobierno. Realizará los estudios y la evaluación permanente del funcionamiento de las Comisiones Seccionales. Sugerirá la creación de nuevas Seccionales en el país o en el exterior, e informará a la Junta de Gobierno sobre las dificultades e irregularidades que detecte.

Art.46º. La Comisión Electoral coordinará todas las acciones necesarias para una eficiente realización de los procesos electorales.

Art.47º. Para cumplir con su cometido, la Comisión Electoral:

a) Programará la oportuna elección delos candidatos del Partido para elecciones nacionales, departamentales y municipales y se adecuará a lo que el Tribunal Electoral Partidario disponga para cada caso;
b) Coordinará con la Comisiones de Propaganda y de Planificación todo lo relativo a la preparación, el desarrollo y la evaluación de la Propaganda del Partido;
c) Coordinará con la Comisión de Finanzas los presupuestos que faciliten y hagan posible el buen trabajo electoral;
d) Coordinará sus tareas con sus similares de todas las Comisiones Seccionales de la República; y
e) Presentará su informe evaluativo a la Junta de Gobierno sobre las elecciones en las que hubiere participado el Partido y planificará las próximas campañas en función a los resultados obtenidos.

Art.48. Corresponde a la Comisión de Finanzas y Asuntos Económicos.

a) Organizar el inventario actualizado de todos los bienes y recursos de la Asociación y coordinar con la Comisión de Organización Partidaria el adecuado registro contable de los mismos;
b) proponer el proyecto de presupuesto para su consideración por la Junta de Gobierno y, en coordinación con los Síndicos, informar trimestralmente sobre su ejecución;
c) Programar campañas para la obtención de recursos y proponer la aplicación de los fondos en inversiones productivas, así como la previsión de reservas financieras; y
d) Proponer y organizar el sistema de aportes regulares o extraordinarios de los afiliados.

Art.49º. Corresponde a la Comisión de Relaciones Internacionales:

a) Evaluar la evolución de la política mundial y su posible incidencia en la realidad nacional;
b) Establecer relaciones con otros Partidos políticos democráticos del exterior y prioritariamente con los del Cono Sur. Proponer formas eficaces de intercambio para aprovechar las experiencias y desarrollarlas con miras a futuras acciones comunes, previsoras de la constitución de organismos supranacionales que demanden el sufragio de poblaciones de la región; y
c) Estudiar y proponer a la Junta de Gobierno las bases para su política internacional y dictaminar sobre todas las cuestiones vinculadas a esta materia.

Art.50º. Corresponde a la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos y del Medio Ambiente:

a) Proponer las acciones políticas a adoptar por el Partido en estos campos y organizar servicios de solidaridad y asistencia permanente, que motive a todo afiliado a sentirse apoyado por su Partido en sus legítimas prerrogativas como personas;
b) Apoyar iniciativas en materias de educación y defensa del medio ambiente, comprendiendo por tal no solamente le entorno físico sino también los bienes culturales de la comunidad nacional, con miras a su progresivo enriquecimiento y adecuado disfrute; y
c) Someter a la jurisdicción del Tribunal de Conducta las denuncias sobre correligionarios que se dediquen a actividades que atenten contra el medio ambiente y el equilibrio ecológico.

Art.51º. La Comisión de Asuntos Indígenas analizará la problemática de las comunidades indígenas y asesorará a la Junta de Gobierno en la adopción de políticas para el sector, promoverá la participación política de los indígenas, respetará sus valores culturales y proporcionará servicios asistenciales.

Art.52º. La Comisión de Bienestar Social asesorará a la Junta de Gobierno para la formulación de la política partidaria en materia de salud pública, bienestar y seguridad social; propiciará el perfeccionamiento de las instituciones nacionales competentes y propondrá las acciones necesarias en materia de educación física y de deportes.

Art.53º. La Comisión de Asuntos Municipales asesorará a la Junta de Gobierno para la formulación de la política municipal y prestará asistencia a los munícipes electos en representación del Partido.

Art.54º. La Comisión de Funcionarios Públicos asesorará a la Junta de Gobierno para la formulación de la política relacionada a los funcionarios de la Administración Central, de los Entes Descentralizados, de la Administración Departamental y Municipal.

Art.55º. La Comisión de Afiliaciones se ocupará de todo lo relativo a las campañas de afiliación, el registro de los afiliados y su correspondiente actualización, recomendando a la Junta de Gobierno la adopción de medidas para el cabal cumplimiento de este objetivo.
   
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-- [
Sección 2a. de la Junta de Gobierno ]
        -- [ Parágrafo 1. del Presidente de la Junta de Gobierno ]
        -- [ Parágrafo 2. de las Comisiones Permanentes ]
-- [
Sección 3a. de las Comisiones Seccionales ]
 
 
 
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